El proyecto, tras varios años en debate en el Congreso, fue aprobado en general por 182 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.
Con la nueva ley que había sido aprobado por el Senado en agosto de 2010, no se podrá utilizar expresiones como «light», «suaves» u otras «que creen la falsa impresión de que un producto con tabaco es menos nocivo que otro».

En uno de los laterales del paquete, deberá incluirse información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministre el Ministerio de Salud.
Por su parte, la diputada Maria Elena Chieno de Frente para la Victoria-Corrientes, sostuvo que el proyecto busca «prevenir la iniciación en el tabaquismo», al poner de relieve que el uso de tabaco «causa 40 mil muertes anuales, de los cuáles 6 mil son fumadores pasivos».
El diputado del Peronismo Federal y ex gobernador de Santa Fe, Jorge Obeid, respaldó la iniciativa, al recordar que su provincia fue la primera que aplicó una ley antitabaco en el país en julio 2005 y terminó su discurso pidiendo a las autoridades de la cámara baja que retiren los ceniceros de las bancas como gesto.
Desde el PRO, Paula Bertol, una de las figuras que más lucha contra el tabaquismo, aseguró que se trata de «un día histórico porque después de 20 años podremos sancionar una ley integral» y advirtió sobre los graves efectos de la adicción, al recordar que «no hay prueba científica que no haya demostrado la toxicidad y la posibilidad de muerte que causa el tabaquismo».
De acuerdo a lo expresado en el proyecto, no se podrá fumar en lugares de trabajo cerrados ni en cualquier espacio cerrado destinado al acceso de público y establece que los no fumadores «tendrán derecho de exigir al responsable del local que conmine al infractor a cesar en su conducta».
Tampoco, se podrán vender, exhibir, distribuir y promover productos elaborados con tabaco en escuelas públicas o privadas, hospitales; oficinas y edificios públicos; medios de transporte públicos; museos, clubes y salas de espectáculos públicos como cines, teatros y estadios.
La norma también prohíbe “el auspicio y patrocinio de marca en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión”, así como la venta de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años». Se prohíbe la venta por unidad, ya sea por medio de máquinas expendedoras o “por cualquier otro método” y establece que los envases de productos elaborados con tabaco deberán llevar insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos de su consumo.
Entre otras cuestiones, la ley establece además infracciones equivalentes en pesos al valor de entre 250 a 1.000.000 de paquetes de 20 cigarrillos de los de mayor precio, así como prevé el decomiso y la destrucción de materiales elaborados con tabaco y la clausura del local, donde no se cumplan las disposiciones de la norma.